ONPE: venta de kits para revocatorias de alcaldes
ONPE inicia la venta de kits para el proceso de revocatorias de alcaldes y gobernadores regionales 2024
Todos los ciudadanos podrán adquirir los formatos en las sedes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. La consulta de revocatoria de autoridades se realizará durante el año 2025
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) anunció el inicio de la venta de los documentos y formatos que se necesitan para iniciar el proceso de revocatoria, que se hará efectivo en el año 2025. Este proceso involucrará a las autoridades locales, como alcaldes distritales, provinciales, y gobernadores regionales electos para el periodo 2023 - 2026.
La ONPE ha especificado que para ejercer este derecho ciudadano, los interesados deberán acudir a la sede central de la institución, ubicada en jirón Washington 1894, Cercado de Lima, o a cualquiera de las 20 oficinas regionales de coordinación (ORC).
Los ciudadanos interesados en iniciar este proceso en sus localidades también pueden presentar la solicitud para la adquisición de estos kits a través de la mesa de partes virtual de la institución electoral.
El propósito de la revocatoria es proporcionar a la ciudadanía un mecanismo legal para retirar a las autoridades que no cumplen adecuadamente con sus responsabilidades, promoviendo así una mayor responsabilidad y transparencia en la gestión pública.
¿Qué se debe presentar para conseguir un kit de revocatoria?
Los kits de revocatoria no se consiguen de manera regular, sino que cada uno es entregado al ciudadano o ciudadana que argumente, de manera efectiva, sus motivaciones para iniciar este procedimiento en contra de una autoridad. De hecho, esta exposición de motivos forma parte del conjunto de documentos y formatos que deben llenarse para obtener un paquete de revocatoria.
La página web oficial de la ONPE indica que son necesarios estos documentos:
- Formulario P5: Es la solicitud de expedición de formatos para la recolección de firmas de adherentes (Kit Electoral).
- Argumento de iniciativa de revocatoria: Los ciudadanos deberán explicar en qué consiste el incumplimiento, omisión o falta de interés de las autoridades, sin invocar en ella delitos o causales de vacancia o suspensión, los nombres y apellidos de las autoridades que se pretende revocar verificados en el portal web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
- Comprobante de pago por derecho de tramitación, el cual se puede cancelar de manera virtual en pagalo.pe, presencial en el Banco de la Nación o en la caja de la Sede Central de la ONPE, por S/ 85.70. El código de pago para un kit electoral es el 03830.
- En caso haya consignado a un representante, se deberá presentar Carta poder simple.
La ONPE tendrá un plazo máximo de nueve días para resolver la solicitud. En caso de ser aceptada, se procederá a la entrega del kit de revocatoria.
¿Qué documentos tiene un kit de revocatoria?
Según la página web oficial de la ONPE, los kits de revocatoria contienen los siguientes documentos que servirán para promover este proceso en contra de las autoridades locales y regionales, incluidos vicegobernadores y consejeros regionales:
- Lista de Adherentes
- LA 002 - Para la certificación de presentación de lista de adherentes
- LA 003 - Para la certificación de digitación de lista de adherentes
- Declaración Jurada de correcciones o enmendaduras
- Software para la digitación de adherentes y la normatividad correspondiente sobre su número o porcentajes requeridos
¿Cómo es el cronograma electoral para la revocatoria 2025?
Según la resolución 0120-2024-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano, la consulta de revocatoria contra las autoridades está prevista a realizarse el 8 de junio del año 2025, pero que puede iniciarse desde este año con la compra del kit electoral. Este primer paso podrá realizarse entre el 3 de junio y el 26 de septiembre del año 2024.
Este kit permitirá que los promotores del proceso de revocatoria recaben las firmas necesarias para iniciar este proceso de consulta ciudadana. De esta forma se sabrá si la iniciativa tiene el suficiente respaldo por parte de los electores. Para ello se tiene que recoger las firmas de al menos el 25 % de los electores de las jurisdicciones municipales o de los gobiernos regionales.
Para el día 11 de octubre de este año, los promotores de la revocatoria deberán enviar una solicitud de verificación de firmas de los ciudadanos que apoyan esta iniciativa al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Este es día límite y no hay una prórroga.
El JNE, por su parte, establece que el 21 de noviembre es la fecha límite de presentación de solicitudes de revocatoria. A partir de esta fecha, el Jurado Nacional de Elecciones tendrá un mes para resolver estas solicitudes, hasta el 21 de diciembre del 2024.
El Reniec tendrá que enviar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la lista de padrón inicial de electores el 25 de noviembre del 2024. El mismo será publicado oficialmente entre los días 5 y 9 de febrero del año 2025.
El 10 de marzo del 2025 se dará inicio a la convocatoria de consulta popular de revocatoria y el 11 de ese mes el Reniec remitirá el padrón electoral preliminar, que será aprobado como padrón electoral definitivo el 21 de marzo.
El sorteo de miembros de mesa se realizará el día 30 de marzo del 2025, mientras que la consulta popular de revocatoria se llevará a cabo el 8 de junio de ese año.